PLATAFORMAS ELEVADORAS CURVAS

Las plataformas elevadoras o salvaescaleras de pie de tramo curvo se pueden diseñar para cualquier tipo de escalera a distintos tramos y niveles, es la mejor opción para proporcionar accesibilidad, tanto a personas que se desplazan en silla de ruedas como a personas con dificultades para subir y bajar escaleras.

Instalación en interiores y exteriores

Montaje rápido y sencillo tanto en interiores como en exteriores
plataforma elevadora o salva escaleras de pie. Solucionan problemas de accesibilidad sin ocupar mucho espacio
plataforma elevadora o salvaescaleras de pie de tramo recto. Una alternativa que ocupa poco espacio para facilitar la accesibilidad.

PLATAFORMAS ELEVADORAS RECTAS

Las plataformas salvaescaleras de tramo recto son aquellas que se instalan sobre la propia escalera, y que con la ayuda de una guía o rail se desplazan siguiendo el recorrido y forma de la escalera. Su instalación puede ser desde pequeños recorridos como dos o tres escalones, hasta varios metros de altura. 

Fiabilidad y seguridad

Montaje rápido y sencillo tanto en interiores como en exteriores

Versatilidad

Las plataformas elevadoras se pueden instalar en tramos rectos o curvos

Seguridad

Estos sistemas elevadores son muy seguros y fáciles de utilizar para todo tipos de personas

Fácil instalación

La instalación de las plataformas elevadoras se puede realizar en exteriores e interiores

plan estatal de acceso a la vivienda
plataforma elevadora o salva escaleras de pie. Solución de accesibilidad.

AYUDAS DE ACCESIBILIDAD DE HASTA EL 80%

La Orden 170/2022, de 7 de septiembre, de la Consejería de Fomento, aprueba las bases reguladoras de las ayudas al alquiler, a la adquisición de viviendas en municipios de pequeño tamaño y a la mejora de su accesibilidad, en el marco del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.

La Resolución de 18/10/2022, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan ayudas a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 ha sido publicada en el DOCM el 25 de octubre de 2022.

Objetivo
Beneficiarios
Tipo de vivienda
Cuantía de la ayuda
Objetivo
Objetivo
Beneficiarios
Tipo de vivienda
Cuantía de la ayuda

Mejora de la accesibilidad a las viviendas y dentro de las viviendas.

Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, de viviendas incluidas en un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva. Administraciones Públicas, organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente por las Administraciones Públicas, propietarias de las viviendas. Comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios. Sociedades cooperativas. Propietarios que, de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas.

Vivienda habitual y permanente.

Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:

Hasta 12.500 €/vivienda (Adicionalmente 1.000€/vivienda si es BIC).

Hasta 15.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad.

Hasta 18.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad severa.

Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:

Hasta 9.000 €/vivienda y 90 €m2 de superficie construida de local comercial (Adicionalmente 1.000€/vivienda si es BIC).

Hasta 15.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad.

Hasta 18.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad severa.

Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva:

Hasta 6.000 €/vivienda (Adicionalmente 1.000€/vivienda si es BIC).

Hasta 15.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad.

Hasta 18.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad severa.

En todo caso: límite del 60 % del coste de la actuación (hasta el 80% en caso de residente con discapacidad o mayor de 65 años).

dos personas usando salvaescaleras y salvaescaleras de pie

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